Ayudas y subvenciones
Ayudas de minimis
¿Qué son las ayudas de minimis?
Las ayudas de minimis son ayudas públicas de pequeña cuantía que las Administraciones pueden dar a autónomos y empresas sin tener que comunicarlas antes a la Comisión Europea, porque por su importe se considera que no afectan a la competencia. No son un tipo de ayuda concreto, sino una forma de concederlas: muchas ayudas a la contratación, la digitalización, la inversión o el inicio de actividad se conceden como ayudas de minimis.
¿Cuánto se puede recibir?
Hasta 300.000 euros por empresa en cualquier periodo de tres años, sumando todas las ayudas de minimis que le concedan las Administraciones (Reglamento (UE) 2023/2831). Las empresas vinculadas entre sí cuentan como una sola y comparten ese límite.
Por eso es importante saber cuántas ayudas de minimis has recibido ya: si te acercas al límite, puedes quedarte fuera de una nueva ayuda.
¿Quién puede pedirlas?
Autónomos y empresas de casi todos los sectores. La producción agrícola, la pesca y la acuicultura tienen sus propias normas. Además, cada convocatoria fija sus requisitos según la actividad, la ubicación o el tamaño de la empresa.
¿Para qué sirven?
Depende de la convocatoria: contratar trabajadores, digitalizar el negocio, invertir en equipos, poner en marcha una actividad… El régimen de minimis solo marca el límite; lo que se subvenciona lo decide cada convocatoria.
¿Cómo te ayudamos?
- Revisamos las ayudas de minimis que ya has recibido y cuánto margen te queda.
- Buscamos las convocatorias que encajan con tu actividad.
- Preparamos la solicitud y las declaraciones que piden las convocatorias.
- Te acompañamos hasta la justificación y el cierre del expediente.
Trabajamos a éxito. Cuéntanos qué ayudas has recibido →
Preguntas frecuentes sobre las ayudas de minimis
¿Cómo sé si una ayuda que he recibido es de minimis?
La resolución de concesión lo indica. Si tienes dudas, revisamos tus resoluciones y calculamos cuánto margen te queda.
¿Los tres años son años naturales?
No. Se cuenta cualquier periodo de tres años, no de enero a diciembre. Por eso hay que mirar las ayudas concedidas en los tres años anteriores a cada nueva ayuda.
¿Qué pasa si una nueva ayuda me haría superar los 300.000 euros?
No se puede conceder como ayuda de minimis: antes de concederla, la Administración comprueba que no se supera el límite.
